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martes, 14 de diciembre de 2010

SILENCIO POR FAVOR

RUIDO


Tenemos la solución a su problema con los ruidos

.... En un despacho en el centro de Madrid, asediado al otro lado de los cristales por el rugido incesante del tráfico, el abogado especializado en litigios ambientales Jorge Pinedo, que hace unos meses llevó el caso del cercano bar de copas Cartoon, en el que el propietario fue condenado a dos años de prisión, siete meses y un día por un delito de contaminación acústica, narra cómo los afectados por el ruido que se sientan por primera vez delante suyo suelen estar destrozados y no tardan en derrumbarse. “Se vacían al hablar, lloran, se desmoronan; los efectos de este tipo de contaminación son devastadores”, precisa este letrado, que hace seis años se juntó con algunos de los pocos colegas metidos entonces en este tipo de pleitos para fundar la asociación Juristas contra el Ruido, que hoy cuenta con representantes en todas las comunidades autónomas. “Esto es como un veneno que en lugar de afectar a la sangre, va envenenando poco a poco los nervios”.
“Ahora se ganan casi todos los casos, pero cuando empezamos era rarísimo demandar a alguien por el ruido, pues éste era considerado jurídicamente como una mera molestia, y no como un tipo de contaminación”.
Todo empezó a cambiar con la sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos por el famoso caso español López Ostra. El letrado José Luis Mazón todavía se sonríe al recordar las ironías, e incluso burlas, de los tribunales españoles cuando su defendida Gregoria López Ostra, una ama de casa de Lorca (Murcia), interpuso un recurso para la protección de sus derechos fundamentales ante lo que consideraba una vulneración de la inviolabilidad de su domicilio e intimidad personal por la entrada de olores pestilentes y ruidos procedentes de una estación depuradora, construida a escasos 12 metros de su casa. La petición fue desdeñada en todas las estancias del país, hasta que llegó al Tribunal de Estrasburgo, que en diciembre de 1994 dio la razón a la murciana y condenó por unanimidad a España a compensarla con ocho millones de pesetas (48.000 euros). De golpe, se había reconocido como un derecho fundamental el no ser molestado en el domicilio particular, en una época en la que, como incide Mazón, casi nadie había oído hablar aún de un sonómetro o de cualquier aparato para medir decibelios.
El Palacio de los Derechos Humanos de Estrasburgo sería todavía escenario unos años después de otra sonada victoria contra el ruido de una nueva demandante española, esta vez una catedrática de Matemáticas de Valencia, Pilar Moreno, que reclamaba una indemnización por la entrada a la fuerza en su casa del desquiciante bullicio de la calle hasta casi el amanecer, en un barrio de San José en el que por esos años se apiñaban cerca de 200 bares de copas. El propio abogado del caso y miembro de la asociación JCR, Andrés Morey, vivía entonces en esa misma zona, en lo que hoy es su despacho, y cuenta que, si le hubiesen filmado en aquellas noches y se pusiera ahora la cinta a cámara rápida, se le vería desesperado dando vueltas entre las sábanas y moviendo la cama de una habitación a otra. En el exterior se habían llegado a medir promedios de 80 a 100 decibelios, como subraya el letrado, toda una “mascletà nocturna”. El Tribunal Constitucional reconoció que debía ser considerado como ruido excesivo cualquiera prolongado que superase en el interior de una vivienda los 30 decibelios de noche y los 35 de día, pero desestimó el recurso de la valenciana por no disponer de mediciones de sonómetro de dentro de su casa. Sin embargo, en noviembre de 2004, la Corte de Estrasburgo volvió a corregir a los tribunales españoles por entender que el hecho de que la zona hubiese sido declarada ya “acústicamente saturada” por el Ayuntamiento de Valencia bastaba para tener que compensar a Moreno por daños morales por la vulneración de sus derechos fundamentales

1 comentario:

Teresa dijo...

En mi comunidad llevamos soportando desde el año 2004, inmisiones acústicas en nuestros domicilios procedentes del Pub Circus antes Kangaroo.
El Defensor del Pueblo Andaluz admitio a tramite nuestra queja,pidio informes al Ayuntamiento y nos dio la razón.
Varios de los vecinos,sufrimos de ansiedad, trastornos del sueño y algunos abandonan su domicilio los fines de semana.
Hemos puesto denuncias al Ayuntamiento, llamadas a la Policia Local por ruidos que nos impiden nuestro legitimo derecho al descanso, y la respuesta del Ayuntamiento que es competente en materia de ruidos es : NADA, NO SE HA DIGNADO NI A CONTESTARNOS CUANDO SEGUN LA LEY
DEBE HACERLO.
Pero nosotros ni nos rendimos ni nos rendiremos.
Continuara..................