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UBEDA, JAEN, Spain

domingo, 2 de enero de 2011

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UBEDA SIN RUIDOS Y CON MENOS HUMOS

A partir del 2 de enero dónde vas a poder fumar y donde no...



Llega la ley de los no fumadores



Esta vez va en serio. La nueva ley antitabaco, aprobada hace sólo unos días en el Congreso de los diputados, entrará en vigor el próximo domingo, 2 de enero, al concederse la festividad de Año Nuevo como día de gracia para los más enganchados. Con 2011 comienza un nuevo tiempo: el de los no fumadores. A partir de ahora, olvídese del café completo, salvo que se guarde el puro para quemarlo al aire libre. Es lo que hay. Y si le gusta ligar con un cigarrillo en la mano, elija entre llevarlo apagado o citarse con su posible presa en la calle. A los fumadores sólo les queda la intemperie.



Pero imagine que ya lo está haciendo. Con todos los cambios que se avecinan, ¿sabe usted si realmente podrá fumar ahí, en la puerta del local? ¿Sabe a qué se expone si lo hace y no está permitido? ¿Qué conoce de su libertad como fumador?



La reforma de la ley sobre el consumo de tabaco aprobada por el Congreso de los Diputados supone una vuelta de tuerca sobre la norma de 2005. Si quiere saberlo todo sobre la nueva ley, ésta es su guía.



¿En que locales de hostelería se podrá fumar ahora?



En ninguno. Ni bares, ni pubs, ni restaurantes, ni salas de conciertos. Ni casinos, ni bingos. Ya no habrá espacios reservados para fumadores. Los locales cerrados deben garantizar que se respira en ellos un aire sano.



¿Y en las terrazas?



Sí, con una excepción. La terraza deberá ser un espacio sin cubierta y que, en todo caso, esté rodeado como máximo por dos «paredes, muros o paramentos».



¿El andén del autobús o tren?



Imposible, salvo que estén completamente al aire libre. Los espacios cubiertos o semiabiertos están protegidos para los no fumadores.



¿Seguirán reservando los aeropuertos zonas para fumar?



Olvídese. Los puntos para fumadores desaparecen. Si quieren fumar, tendrá que salir de la terminal.



¿En los taxis?



El taxi es un servicio público en un espacio cerrado. La Ley anterior ya prohibía fumar en su interior.



¿Y en mi casa?



Es su responsabilidad. Usted sabrá los acuerdos a los que ha llegado con quien convive y la calidad de vida que quiere dar a su familia.



¿Un paso de cebra con niños?



El paso de cebra es un espacio abierto. Todo lo que se haga con niños es responsabilidad de los adultos.



¿En el portal de mi casa?



Esta decisión corresponde a la comunidad de vecinos. Al tratarse de un espacio cerrado, debería primar el respeto al no fumador.



¿Entonces, se podrá fumar en el ascensor de la escalera?



Eso ya no. En los ascensores está totalmente prohibido desde el año 2005. Son espacios pequeños y no siempre están lo suficientemente bien ventilados.



Es la boda de mi hija y la pago yo. ¿Puedo repartir puros?



Puede repartir puros y cigarrillos, pero si se encuentra usted en un restaurante está en un espacio cerrado de uso público. Está prohibido fumar.



¿En las plazas de toros?



Dependerá de si están cubiertas.



¿En una manifestación?



Una aglomeración de personas como la de una manifestación debería llevar a los fumadores a evitar el cigarrillo, pero la ley les protege. Están en la calle, al aire libre. Pueden fumar.



¿En la cola del cine o en el campo de fútbol?



Fue una posibilidad que se barajó durante la tramitación de la norma. La ley nacional lo permite. En la vasca, se está a la espera de lo que decida el Parlamento.



¿En el entorno de un hospital?



El entorno hospitalario está protegido frente al humo. En los centros psiquiátricos, como en los de mayores, discapacitados y prisiones se permitirá fumar en las zonas exteriores señalizadas, en las salas habilitadas y las que dispongan de ventilación independiente.



¿Qué hay de parques infantiles y zonas escolares?



No se puede fumar en los espacios al aire libre con equipamientos o espacios de juego para menores.



¿En mi habitación del hotel?



La ley general prevé que los hoteles reserven un 30% de habitaciones para fumadores y que sean siempre las mismas.



¿Quién vigila el cumplimiento de todo esto?



La ley prevé que toda persona con capacidad inspectora podrá abrir un expediente. Puede ser un inspector de trabajo o uno de Sanidad.



¿Qué pasa si se salta la norma?



Los incumplimientos se sancionan con el mismo rigor que los delitos contra la Ley de Drogodependencias. Las delegaciones territoriales gestionarán las faltas leves, castigadas con apercibimiento o multa de hasta 3.000 euros. La Dirección de Drogodependencias se ocupará de los expedientes graves, con sanciones de hasta 15.000 euros y la posibilidad de cierre o suspensión temporal de la actividad hasta dos años. Las muy graves las multas se elevan en este caso hasta los 600.000 y prevén la suspensión de la actividad de dos a cinco años.



¿Habrá un tiempo para adaptarse a la legislación?



No. Drogodependencias tampoco se propone empezar desde el primer día con multas. «Queremos que se tome conciencia de que ser fumador pasivo perjudica la salud», dice.



¿Qué se persigue con tanta restricción?



Retrasar la edad de inicio en el consumo de tabaco y proteger al fumador pasivo. Sólo dos datos más. Está demostrado que cuanto más tarde se comienza a fumar, menos posibilidades existen de convertirse en fumador habitual. Y dos: mil camareros mueren al año en España por el humo del tabaco de sus clientes